Tras el hecho, el tipo de cambio se mantuvo por debajo de los 18.80 pesos por dólar (mostrando una apreciación de -0.08% en el año), mientras el IPC de la Bolsa Mexicana mostró un avance de +1.91%. Por su parte, las bolsas en EE.UU. continuaron avanzando, impulsadas por la firma de la Fase Uno del acuerdo comercial con China.
Proceso de ratificación del T-MEC
La ratificación del acuerdo comercial por parte de EE.UU. se dio después de más de dos años de negociaciones. El proceso comenzó el 16 de agosto de 2017 en la ciudad de Washington, cuando se celebró la primera ronda de negociaciones. No fue sino hasta el 30 de septiembre de 2018 que se alcanzó un acuerdo para modificar el TLCAN, dando paso al T-MEC. Este acuerdo fue validado por la firma de los líderes de los tres países el 30 de noviembre de 2018.
Sin embargo, al involucrarse el Congreso de EE.UU. en el proceso, los líderes del Partido Demócrata comenzaron a impulsar cambios al acuerdo comercial. Así, a pesar de que el Senado de México ya había ratificado los textos del nuevo acuerdo, el 10 de diciembre de 2019 se celebró la firma del Protocolo Modificatorio al T-MEC. Los cambios planteados por la Cámara de Representantes de los EE.UU. estaba enfocada en fortalecer las reglas en materia laboral, ambiental, de propiedad intelectual (medicamentos) y en reforzar los mecanismos de cumplimiento del Tratado.
Por lo anterior, el proceso para la implementación del T-MEC no ha concluido. Tras la ratificación del Senado de los EE.UU., Donald Trump deberá validar el acuerdo a través de una Proclamación Presidencial. Además, en Canadá comenzará la discusión del acuerdo comercial en la Cámara de los Comunes, la cual retoma funciones el 27 de enero de 2019. Después de la aprobación de la cámara baja, tocará el turno al Senado canadiense para otorgar el visto bueno. En cuanto se cuente con la aprobación en ambas Cámaras, se emitirá un Asentamiento Real por parte de la Gobernadora General para su implementación. Finalmente, el T-MEC entraría en vigor 90 días después de que haya sido ratificado por los tres países.
Implicaciones de la ratificación del T-MEC
La ratificación del acuerdo será relevante para México ya que desde 2017 la inversión extranjera directa se ha mantenido estancada por la incertidumbre que generaba la renegociación. Además, el acuerdo pone a nuestro país en una posición privilegiada ya que, aún y con la firma de la Fase Uno, el comercio entre EE.UU. y China continúa afectado por el incremento de aranceles. Esto representa una oportunidad para el sector exportador mexicano, el cual se ubicó por momentos como el principal exportador hacia los EE.UU. durante 2019 (Figuras 4 y 5). El que las exportaciones mantengan una dinámica positiva será fundamental para mantener las perspectivas de crecimiento durante 2020. De acuerdo a distintas encuestas, y con nuestro pronóstico, éste podría ubicarse cercano al 1.0%.
Principales cambios respecto al TLCAN
La ratificación del T-MEC es de gran importancia para la economía de la región ya que el acuerdo permite consolidar una zona de libre comercio que representa el 16.3% del comercio internacional, más del 27% del PIB global y casi 500 millones de personas. Las principales diferencias del TLCAN y el T-MEC son las siguientes:
- Reglas de origen: Se establecen las disposiciones para determinar las condiciones o requisitos que debe cumplir un bien para considerarlo como “originario” y con ello tener derecho a la preferencia arancelaria negociada (Capítulos 4 y 5). La regla de origen para vehículos de pasajeros, camiones ligeros y camiones pesados en materia de acero y aluminio señala que 70% de las compras de acero y aluminio por parte de las empresas armadoras deberán ser originarias de América del Norte. A partir del séptimo año de la entrada en vigor del Tratado, para que ese porcentaje del 70% de acero utilizado en la producción de vehículos pueda ser considerado originario, debe ser elaborado desde su fundición inicial hasta el final de su proceso de producción en América del Norte.
- Solución de Controversias: El mecanismo de controversias “inversionista– estado” ahora aplica solo entre México y Estados Unidos para ciertas industrias (sólo los inversionistas que formen parte de un contrato de Gobierno en los sectores de hidrocarburos y gas natural, telecomunicaciones, generación de energía, transporte al público y proyectos de infraestructura). Se establece que, si las Partes no logran resolver una controversia, se podrá solicitar el establecimiento de un panel para la resolución de los conflictos (Capítulo 10).
- Trabajo: Se acordaron compromisos respecto a la aplicación efectiva de la legislación laboral y la implementación de los derechos laborales en la legislación nacional, así como compromisos complementarios enfocados a la protección a trabajadores migrantes; el combate al trabajo forzoso; y la protección contra la discriminación en el empleo. El Protocolo Modificatorio incorpora la creación de un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Plantas Específicas entre México y EE.UU. para garantizar la libertad de asociación y negociación colectiva para trabajadores. Además, se incorporan normas que disponen que se puedan convocar paneles binacionales para que decidan si el incumplimiento afecta el comercio o la inversión entre las Partes y se proceda o no con sanciones comerciales.
- Medio ambiente: El Protocolo añade la obligación de cada Parte de adoptar, mantener e implementar leyes, reglamentos y todas las demás medidas necesarias para cumplir con sus respectivas obligaciones al amparo de siete acuerdos multilaterales de medio ambiente (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres; el Protocolo de Montreal sobre las Substancias que Agotan la Capa de Ozono; etc). Esto implica que la aplicación de los compromisos de cada Parte por virtud de dichos acuerdos podrá ser exigida en el marco del T-MEC.
- Pequeña y mediana empresa: Se creará un comité para fomentar la cooperación entre incubadoras, aceleradoras y otras instituciones de apoyo a las PYMES que operan en América del Norte. Además, se crea un mecanismo de “Dialogo Trilateral” en donde PYMES, sector privado, ONGs y expertos académicos podrán presentar propuestas de cambio al acuerdo.
- Tratado de libre comercio con otros países: Si una de las partes planea firmar un tratado de libre comercio con algún país clasificado como “país de no libre comercio”, ésta deberá informar a las otras partes. En caso de que no se respeten los procedimientos, los miembros afectados podrían expulsar a la parte que firmó el tratado mediante un aviso previo de seis meses (Artículo 32.10).
- Cláusula de revisión: La vigencia de estos nuevos acuerdos, será de 16 años y tendrá una revisión cada 6 años para ratificar el tratado.
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Fuente: Secretaría de Economía